Chile: Emplazan al Senado por nombramiento de juez en Corte Suprema

0

Mónica Araya Flores, emplazó al Senado diciendo: «No nos sorprende que esta postulación tan laxa, en materia de derechos humanos, sea patrocinada por el gobierno integrado por un ministro de relaciones exteriores como Teodoro Rivera, que defendió, con abierto desprecio al Derecho internacional humanitario y al Derecho Internacional de los derechos humanos, la aplicación de la ley de amnistía de Pinochet para sustentar la impunidad del horroroso asesinato del diplomático español, Sr. Carmelo Soria, por parte de la dictadura cívico militar, en 1976»

gutierrez_amenaza

La abogado de derechos humanos, Mónica Araya Flores, ingresó en el Senado de Chile, una carta pública emplazando a los parlamentarios a elegir para la Corte Suprema, un juez que cumpla con las exigencias de respetar y promover los derechos de las personas. En tal sentido, indica que la candidata del gobierno de Sebastián Piñera, María Angélica Repetto, actual magistrado de la Corte de Valparaíso, no reuniría tales requisitos.

El cuestionamiento ciudadano a la candidata oficialista viene de su permanente inhabilidad en materia de violaciones derechos humanos de la dictadura militar, como de la nula protección jurídica otorgada por la Corte que presidia a los habitantes de Quintero y Puchuncaví, respecto de las emisiones criminales de las grandes empresas de esa zona de Chile.

El texto es el siguiente:

CARTA AL SENADO SOBRE DESIGNACIÓN DE MAGISTRADO PARA LA CORTE SUPREMA Y EL DEBER DE RESPETAR Y PROMOVER LOS DERECHOS HUMANOS.

SRS. SENADORES DE LA REPÚBLICA DE CHILE

Mónica Araya Flores, abogado, con domicilio en Huérfanos 1160, of. 701, Santiago, a Uds. Respetuosamente digo:

Que, desde la modificación constitucional de 1989 al artículo 5 de la Carta Fundamental, resulta indispensable el cumplimiento por todo juez de la obligación de respetar y promover los derechos humanos.

La infracción de este deber sustancial, fundó la acusación constitucional que, el 21 de enero del año 1993, removió del máximo tribunal a Hernán Cereceda Bravo.

A ello se agrega la imposición del control de convencionalidad en donde la judicatura tiene un papel primordial en el cuidado inmediato y directo de los tratados de Derechos Humanos suscritos y ratificados, como se constata en la sentencia condenatoria, dictada, el año 2006, por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en contra de Chile, en el caso Almonacid Arellano vs. Chile.  

Según lo expuesto, el deber mencionado, no es solo negativo, como deriva del término respetar, sino activo como se evidencia del verbo promover.

En este estado de cosas, la designación de cualquier juez y, en especial para ocupar un cargo en la suprema magistratura, requiere que el postulante, inexcusablemente, entregue pruebas convincentes a la sociedad, de una trayectoria que de cuenta del cumplimiento de los postulados de respeto y promoción de los derechos humanos.

Por otro lado, la jurisdicción conservadora de la supremacía constitucional, como de la protección de las personas, que históricamente se ha otorgado a los tribunales por el artículo 3 del Código Orgánico de Tribunales, se explicita, entre otros preceptos, en los artículos 12, 19 N°24, 20, 21 y 38 inciso segundo de la Constitución.

En consecuencia, un magistrado, como la Sra. María Angélica Repetto, no resulta una alternativa idónea destinada a ocupar el lugar del ministro, Sr. Milton Juica, ya que es conocida su opción de excusarse permanentemente en causas de derechos humanos originadas en la dictadura militar, por tener inhabilidad al respecto. Ello debe ser considerado por ustedes en la designación que, en tal sentido, les toca resolver.

Debemos recordar que es en la Segunda Sala Penal, donde se tratan tales asuntos de notable relevancia para una república democrática, cuyo ordenamiento jurídico pretende fundarse en el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana.

No nos sorprende que esta postulación tan laxa, en materia de derechos humanos, sea patrocinada por el gobierno integrado por un ministro de relaciones exteriores como Teodoro Rivera, que defendió, con abierto desprecio al Derecho internacional humanitario y al Derecho Internacional de los derechos humanos, la aplicación de la ley de amnistía de Pinochet para sustentar la impunidad del horroroso asesinato del diplomático español, Sr. Carmelo Soria, por parte de la dictadura cívico militar, en 1976.[1] 

En lo personal, este asunto me toca directamente, considerando que mis padres todavía se encuentran desaparecidos desde, ese mismo año 1976, cuando fueron secuestrados por la dictadura cívico militar, no encontrando, al igual que innumerables familias, respuesta del Estado y principalmente de la judicatura, a esta violencia imperecedera en contra de las víctimas. Por ello no me es indiferente, como a cualquier ciudadano decente, la composición de la Corte Suprema.

Sin otro particular, me despido atentamente.

Mónica Araya Flores

Santiago, 5 de julio de 2019

[1] Sesión 2º Extraordinaria de la Cámara de Diputados, de martes 1º de octubre de 1996, pp. 19 a 25.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *