Caso Gervasio: Posible citación al Presidente de la Corte Suprema

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Fuente de imagen: Interferencia.cl

El presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco Herrera, cúspide del Poder Judicial chileno, podría ser citado a declarar en el caso del asesinato del artista Gervasio Viera Rodríguez, ocurrido entre los días 27 y 28 de octubre de 1990.

Así, queda de manifiesto en presentación efectuada en el Juzgado de Talagante, por Rubén Jerez Atenas, abogado del hijo de la víctima, Leandro.

Este profesional, en su momento, descubrió la falsificación del expediente judicial al comprobarse que solo habían transcurrido escasos 5 minutos entre la denuncia de un automovilista sobre la existencia del cadáver colgado de Gervasio, recibida en una unidad policial, el 28 de octubre de 1990; y el acta de constitución de Carabineros de Chile, en el lugar del hallazgo del cadáver.  La misma urgencia que tuvieron algunos medios, en señalar que se estaba frente a un suicidio.

La tesis de este abogado ha permitido que la causa se encuentre abierta hasta el presente como un crimen imprescriptible, dado que en su querella, presentada ante el Ministro Mario Carroza, juez que llevaba procesos de derechos humanos de la dictadura militar, sostuvo la participación de agentes de Estado, en un contexto de persecución en contra del artista, a quien, antes de su asesinato, le habían  destruido su honra con cargos falsos de índole sexual que tuvieron profusa difusión por la prensa cercana al régimen.

En este último aspecto es donde se pide la comparecencia y testimonio del actual presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco Herrera.

En el marco de las denuncias falsas en contra de Gervasio, que sirvieron para sostener la versión del suicidio, el juez Lientur Escobar, del Séptimo Juzgado del Crimen de Santiago, que llevó adelante tales investigaciones, indicó, en entrevistas informativas, que dichas acusaciones eran simuladas y que tenían una clara finalidad política dada la oposición pública de Gervasio al régimen de Pinochet, en el plebiscito de 1988. El juez Escobar, había establecido evidentes inconsistencias en los relatos y le habían confesado que las supuestas víctimas eran pagadas.

El magistrado Lientur Escobar, a la época de llevarse a cabo las investigaciones de los hechos que le imputaban al Gervasio, contaba, entre los funcionarios de su tribunal, con el actual presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco Herrera. Este último, cumplía labores de juez subrogante y ministro de fe con la función de autorizar las declaraciones en los juicios y custodiar los expedientes. Por lo anterior, tenía conocimiento de las imputaciones falsas en contra de Gervasio y la identidad de los o las denunciantes, de los cuales nunca más se supo.

El abogado Jerez, ha sostenido que entre las denuncias falsas y el posterior crimen hay una relación necesaria, en especial para fabricar la versión del suicidio. El mensaje de la dictadura con este homicidio, era claro.

En 1990, Pinochet había dejado el gobierno, pero no el poder. Según fuentes reservadas, el profesional Rubén Jerez, ha indicado que ese poder fáctico, después de 1990, se manifestó, además del ejercicio de enlace y del boinazo, relacionados con el fraude de los pinocheques, en el asesinato en el extranjero del químico de la DINA, Eugenio Berríos. El abogado, asigna una gravitación particular al secuestro, impune hasta hoy, del hijo de Sebastián Piñera, en mayo de 1993, para disuadirlo de investigar por su cuenta el espionaje del Ejército que le afectó su carrera política en ese momento, escándalo conocido como el «Kiotazo», y que involucró a la actual candidata presidencial Evelyn Matthei.

Según nos informaron desde el Poder Judicial, el abogado solicitó al tribunal de Talagante, en escrito ingresado el pasado lunes, las siguientes gestiones que reproducimos textualmente:

Que, por instrucciones de mi representado, hijo de la víctima, vengo en solicitar las siguientes diligencias:

1.- Se me entregue copia íntegra del expediente, a nuestra costa, incluyendo los anexos, para verificar posibles inconsistencias y/o falsificaciones.

2.- Se nos remita certificación del cumplimiento de los decretos judiciales destinados a incorporar al expediente las imágenes y videos, sin editar, de los canales de televisión que cubrieron la noticia del hallazgo del cadáver de la víctima, en octubre de 1990. Esta diligencia fue propuesta, por esta parte, al tribunal hace más de 5 años, tanto de manera verbal, ante el juez; y, formalmente, por escrito. 

3.- Se certifique si han sido citados a declarar, y comparecido ante este juzgado, el investigador, Sr. César Parra, autor del libro sobre el asesinato investigado ; y el perito criminalístico, Sr. Jaime Brieba Quintana, que ha sostenido la tesis del homicidio que se indaga en este caso. En el mismo sentido, sobre el periodista, Sr. Carlos Alberto López Pérez; el ex agente de la DINA y la CNI, Sr. Jorgelino Vergara; y el exfuncionario de la Policía de Investigaciones, Sr. Gilberto Opazo Aravena.

3.- Se informe si se encuentran en el expediente, las referencias de prensa y videos públicos en que aparece el juez, Sr. Lientur Escobar, ( Q.E.P.D.), del 7° Juzgado del Crimen de Santiago , declarando sobre la falsedad de las denuncias en contra de la víctima, Sr. Gervasio Viera Rodríguez y que, previo a su  homicidio, buscaban desacreditarlo, así, como de las posibles motivaciones de dicho delito. Hago presente el hipervínculo con una de las entrevistas al juez, Sr. Escobar.   

Lo expuesto, se requiere con la finalidad de evaluar la petición de comparecencia, como testigo, del actual presidente de la Corte Suprema, Sr. Ricardo Blanco Herrera. Este magistrado, a la fecha de tales procesos, se desempeñaba como secretario y juez subrogante del tribunal en que servía como titular el Sr. Escobar y, en tal condición, conocía los expedientes que contenían las denuncias falsas contra el Sr. Gervasio Viera Rodríguez y la identidad de los denunciantes. 

4.- Con el mismo objeto, pido se certifique si ha sido citado a declarar el abogado y político, Sr. Edgardo Riveros, defensor de la víctima frente a los procesos indicados en el punto previo, para confirmar lo públicamente expuesto por el mencionado juez, Sr. Lientur Escobar.

5.- Se certifique si existen, en el expediente, copias auténticas de los juicios seguidos en contra de la víctima, Sr. Gervasio Viera Rodríguez, por denuncias estimadas falsas por el juez, Sr. Lientur Escobar, y que, en su momento, sirvieron para difamarlo y perseguirlo, justificando, mediáticamente, un suicidio o motivaciones personales respecto de su asesinato.

6.-  Dejamos constancia que estas diligencias tienen por propósito acreditar que estamos frente a un crimen con participación de agentes del Estado, en un contexto de persecución política y, en consecuencia, imprescriptible.

Fuente de imagen: Interferencia.cl

 

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